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REUNIONES CON LOS CONSELLERES DE AGRICULTURA, SANIDAD Y GOBERNACIÓN

Durante los meses de Junio y Septiembre se han mantenido sendas reuniones con los respectivos Conselleres que tienen relación con nuestra profesión. Tras los últimos cambios ocurridos en el Gobierno Valenciano como consecuencia de las últimas elecciones autonómicas nuestros representantes colegiales han reiniciado esta serie de contactos al objeto de conocer a los nuevos conselleres designados y reiterar los diferentes asuntos de interés mutuo que atañen a nuestra profesión.

En materia de Sanidad se aludió a la necesidad de establecer mecanismos para una mejor coordinación entre Consellerias de Sanidad y Agricultura, así como acometer una rápida solución a los agravios que se producen en las situaciones laborales de noturnidad y festividad. Se volvió a insistir en resolver a la mayor premura los problemas que están retardando la publicación del acuerdo en materia de carrera profesional.

La reunión con el Conseller de Gobernación se centró en reiterar la necesidad de establecer cambios en la normativa de Bous al carrer al objeto de recuperar la figura del veterinario para un mejor control de este tipo de festejos al igual que sucede en el resto de comunidades autónomas.

En la reunión con la nueva Consellera de Agricultura se realizó un exhaustivo repaso a los múltiples asuntos que atañen a nuestra profesión en relación con esa administración. Se abordaron cuestiones como la identificación o la protección animal y se surgieron diferentes vías de colaboración futura. Se indicó especialmente en la necesidad de establecer medidas para mejorar la situación profesional de los veterinarios de ADS y de establecer mecanismo para la equiparación retributiva en materia de carrera profesional de los funcionarios respecto de los veterinarios de sanidad. Se acordó mantener una serie de reuniones con posterioridad al objeto de tratar de forma más pormenorizada cada una de las cuestiones planteadas.

 

 
     

 

 


ENTREVISTA CON EL CONSELLER RAFAEL BLASCO

EL PASADO DÍA 6 DE MARZO los Presidentes de los tres colegios provinciales mantuvieron una reunión en la Conselleria de Sanidad con el Conseller Rafael Blasco, en la que también estuvieron presentes los Directores Generales de Salud Pública y Farmacia y la secretaria del Conseller. El contenido de la misma se centró principalmente en la carrera profesional. Sobre este asunto se le manifestó la enorme inquietud del colectivo por los constantes retrasos en la firma de este acuerdo y se le instó a una rápida solución. Otros asuntos tratados fueron el desarrollo en la Comunidad Valenciana de la normativa sobre el medicamento veterinario y se explicaron las condiciones laborales en que desarrollan los veterinarios en el campo de la salud pública en cuanto a nocturnidad, festividad y horarios regulares al objeto de que este asunto sea solucionado desde esa Consellería a la mayor brevedad.


 
     


El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris, en su interés de formación y apoyo a todos los sectores de nuestra profesión, ha puesto a disposición de los veterinarios responsables de explotaciones y de ADS un programa informático para la gestión de las actuaciones veterinarias en el campo de la ganadería.

Dicho programa, de nombre Pecuarius, ha sido creado por la empresa RS Soluciones Informáticas bajo la dirección del Consell y con la colaboración de la Consellería D’Agricultura.

Es de fácil manejo y sirve para almacenar datos de clientes y actuaciones como tomas de muestras, vacunaciones, tratamientos, etc.

De esta información, parte de ella, la que corresponde al Plan Anual Zoosanitario de la Consellería D’Agricultura, se puede comunicar desde el mismo programa a esta Consellería, mediante los ficheros tipo txt que genera.

La idea del Consell, no sólo ha sido crear una herramienta útil para comunicar estos datos, sino que sirva al mismo tiempo al veterinario de campo para almacenar y ordenar información particular sobre las actuaciones que realiza en las explotaciones, así como casos clínicos y toda aquello le interese guardar, como adjuntar informes laboratoriales, fotografías, ficheros sobre identificación electrónica, etc.


Con el deseo de que sea un programa práctico, útil y puesto al día, iremos recogiendo aquellas ideas que los usuarios vayan indicando y las actualizaciones se irán colgando en la página web del Consell, para que se puedan descargar con facilidad.

La presentación del programa fue realizada por el encargado del mismo, Javier Balado Albiol, en las tres provincias: el día 30 de enero en Valencia, el día 2 de febrero en Alicante y el 9 de febrero en Castellón.

 

Tras la publicación en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana de la Resolución de 6 de noviembre de 2006, de la dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, por la que se establece el procedimiento de suministro y control de medicamentos estupefacientes de uso humano en las clínicas y hospitales veterinarios, os informamos que ya puedes adquirir, a través de este Colegio, los nuevos talonarios de Control de Estupefacientes editados por la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, de uso exclusivo en clínicas y hospitales veterinarios.

En caso de robo o pérdida del talonario o alguno de los vales, se deberá informar a la Dirección Territorial de Sanidad, C/. Micer Mascó 31, 46010 – Valencia, a la Policía, la Guardia Civil y al Colegio Oficial de Veterinarios.

 

ALTA Y/O CAMBIO PROPIETARIO PROCEDENTE DE OTRA BASE DE DATOS - CAMBIO DE PROPIETARIO - BAJAS WEB RIVIA

El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris además de las Altas Web que se venían realizando a través de internet, ya incluye la posibilidad de realizar por todos los facultativos veterinarios colaboradores autorizados, las Altas y/o Cambio de Propietario procendente de otra Base de Datos, los Cambios de Propietarios y las Bajas.

 

 ALTAS WEB RIVIA



Estimados compañeros colaboradores del RIVIA

        Desde el Consell Valencià de Col.legis Veterinaris se ha estado trabajando durante estos últimos meses al objeto de disponer de un nuevo sistema para inscribir y dar de alta animales identificados en el RIVIA, a través de internet.

          Este sistema presenta indudables ventajas respecto del Alta mediante formulario:

1. Permite dar de alta sin posibilidad de equivocarse, dado que el propio programa web imposibilita que queden campos sin cumplimentar.

2. El programa ayuda a cumplimentar el formulario. Por ejemplo facilita la consulta de diferentes tablas utilizadas para la realización de las Altas del RIVIA como son código INE y razas, también controla la venta de los transponders y pasaportes e imposibilita que se produzcan errores en los campos de número de colaborador y fechas.

3. Desde el mismo momento que se realiza el Alta Web, el animal queda grabado directamente en el RIVIA, por lo que se puede localizar al propietario en caso de pérdida.

Si estás interesado ponte en contacto con tu Colegio Provincial.


 

PRESENTADA

LA RECETA VETERINARIA VALENCIANA

En la fotografía de izquierda a derecha, D. Rosendo Sanz, Presidente del Colegio de Veterinarios de Valencia; Honorable D. Vicente Rambla, Conseller de Sanidad; D. Carlos M.ª. Ávila, Presidente del Colegio de Veterinarios de Alicante y D. Carlos L. Corona, Presidente del Colegio de Veterinarios de Castellón.

Hoy la Consellería de Sanidad y los Colegios Oficiales de Veterinarios han presentado de forma oficial el modelo de receta veterinaria, que se va a utilizar desde este mismo momento en el ámbito de la Comunidad Valenciana. La norma ha sido desarrollada y consensuada dentro de un grupo de trabajo constituido por los sectores implicados.

Esta receta nace con el fin de regular la prescripción y dispensación de medicamentos veterinarios. Será utilizada para la prescripción de medicamentos destinados a animales de abasto o con ordenación zootécnica, por el que los facultativos veterinarios legalmente capacitados, prescriben los medicamentos veterinarios que estén sometidos a tal exigencia para su dispensación por los centros legalmente autorizados. Así pues su aplicación no se incluye para los medicamentos que se prescriben para animales de compañía.

Este nuevo documento se adapta al modelo normalizado contenido en la legislación vigente, que también establece las obligaciones del veterinario que la prescribe, y las del farmacéutico responsable de la dispensación, al objeto de asegurar un correcto control de estos medicamentos. La receta es pues, el documento de interrelación entre los distintos profesionales que intervienen en la correcta utilización de los medicamentos veterinarios.

La receta está seriada y numerada, datos que serán asignados por la Consellería de Sanidad. El veterinario tendrá la obligación de conservar y custodiar los impresos de recetas veterinarias, desde el mismo momento de su recepción.

Asimismo, con independencia del modelo normalizado de talonario, la receta también se podrá emitir mediante un sistema informático, ajustándose en su contenido y numeración a las mismas exigencias que para las recetas impresas, a fin de garantizar la seguridad de estos documentos, así como dificultar sus falsificaciones. Los talonarios de recetas y la numeración necesaria para emitir las recetas informáticamente, serán facilitadas a través de los Colegios Oficiales de Veterinarios de la Comunidad Valenciana.

Los facultativos veterinarios colegiados y habilitados que deseen adquirir recetas veterinarias en papel, deberán dirigirse a sus respectivos Colegios Oficiales, donde se le facilitarán según petición, los talonarios los cuales están compuestos por 25 recetas seriadas y numeradas.

Si lo que se desea es realizar recetas informáticamente, deberá ponerse en contacto con la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios para la validación de los sistemas informáticos, para su posterior emisión de las recetas veterinarias, tal como se desarrolla en la Orden de 23 de enero de 2001, de la Conselleria de Sanidad. A continuación, les adjuntamos un informe con el fin de dar a conocer los requisitos exigidos por la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios. Informe

19/07/2005

LEY 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento. (B.O.E. 306 de 22 de diciembre de 1990).

REAL DECRETO 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios  (B.O.E. 53 de 3 de marzo de 1995).

REAL DECRETO 110/1995, de 27 de enero, por el que se establecen normas sobre medicamentos homeopáticos veterinarios.

LEY 6/1998, de 22 de junio, de la Generalitat Valenciana de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana. (D.O.G.V. 3.273 de 26 de junio de 1998).

ORDEN de 23 de enero de 2001, de la Conselleria de Sanidad, por la que se establece el modelo de receta veterinaria y su utilización en la Comunidad Valenciana.

Decreto 188/2001, de 27 de noviembre, del Gobierno Valenciano, por el que se establece el procedimiento de autorización y registro de los centros de distribución y dispensación de medicamentos de uso veterinario en la Comunidad Valenciana.